Necesitarás el ETIAS si eres ciudadano de uno de los más de 60 países exentos de visado (Estados Unidos, Reino Unido, Canadá, Australia, Japón, Brasil, la mayoría de los países latinoamericanos y varios estados asiáticos) y tienes previsto entrar en el Espacio Schengen por motivos turísticos, de negocios, de tránsito o para realizar estudios de corta duración —hasta 90 días en un periodo de 180—.
No necesitas el ETIAS si tienes la ciudadanía de la UE, del EEE o de Suiza, un visado Schengen válido, un visado de larga duración de la UE (tipo D) o una tarjeta de residencia de un Estado miembro de la UE. Irlanda, el Reino Unido y la mayor parte de los Balcanes Occidentales quedan totalmente fuera del espacio Schengen.
01Quiénespueden acogerse a la lista de exención de visado para mayores de 60 años
El ETIAS se aplica a la misma lista de nacionalidades exentas de visado definida en el anexo II del Reglamento (UE) 2018/1806, es decir, a los países cuyos ciudadanos pueden entrar actualmente en el espacio Schengen sin visado por un máximo de 90 días. Si tu pasaporte corresponde a uno de estos países, estás incluido en el ámbito de aplicación del ETIAS.
La lista se modifica periódicamente a medida que la UE firma nuevos acuerdos de liberalización de visados. A partir de abril de 2026, incluye, entre otros:
- América del Norte: Estados Unidos, Canadá, México
- América Latina y el Caribe: Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay, Venezuela (además de numerosos estados insulares)
- Europa y Reino Unido: Reino Unido, Albania, Bosnia y Herzegovina, Georgia, Moldavia, Montenegro, Macedonia del Norte, Serbia, Ucrania
- Oriente Medio: Israel, Emiratos Árabes Unidos
- Asia-Pacífico: Australia, Brunei, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, Singapur, Corea del Sur, Taiwán (solo para titulares de pasaporte)
- África: Mauricio, Seychelles
La lista completa y actualizada se encuentra disponible en el portal oficial de ETIAS de la UE. Si su país figura en el anexo I —la lista de países sujetos a la obligación de visado—, ETIAS no se aplica a su caso y deberá seguir solicitando visados Schengen como hasta ahora.
Un caso excepcional que conviene señalar. Los viajeros de Taiwán solo pueden utilizar el ETIAS si su pasaporte incluye un número de documento de identidad. Los titulares de documentos de viaje de emergencia o para apátridas, por lo general, no entran ni en el ámbito del ETIAS ni en la lista de exención de visado.
02¿Quiénno necesita el ETIAS?
| Si eres… | ¿Necesitas el ETIAS? | Lo que necesitas en su lugar |
|---|---|---|
| Ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza | No | Documento nacional de identidad o pasaporte de la UE: se aplica la libre circulación |
| Nacionales sujetos a la obligación de visado (Anexo I) | No | Un visado Schengen de corta duración (tipo C), expedido por un consulado |
| Titular de un visado Schengen válido | No | Tu visado sustituye al ETIAS durante su período de validez |
| Titular de una tarjeta o permiso de residencia de la UE | No | Tu tarjeta de residencia es tu documento de entrada |
| Titular de un visado de larga duración (tipo D) | No | El tipo D sustituye tanto al ETIAS como al visado de corta duración |
| Miembro de la familia de un ciudadano de la UE, con tarjeta de residencia | No | Se aplica el artículo 5 de la Directiva 2004/38 |
| Titular de un pasaporte diplomático o de servicio, dentro del ámbito de aplicación | No | Varía según el acuerdo; por lo general, está exento |
| Ciudadano exento de visado, visita turística de corta duración | Sí | Solicítalo por Internet, 20 €, 10 minutos |
03Normativa sobre pasaportesy documentos
El ETIAS está vinculado a un pasaporte biométrico específico legible por máquina. Hay dos requisitos fundamentales:
- Vigencia. Tu pasaporte debe tener una vigencia mínima de tres meses a partir de la fecha en que tengas previsto salir del espacio Schengen, y debe haber sido expedido en los últimos 10 años. Estas son normas de entrada al espacio Schengen vigentes desde hace tiempo y el ETIAS no las modifica.
- Chip biométrico. Solo se aceptan pasaportes electrónicos (biométricos). Quedan excluidos los documentos de viaje de emergencia y algunas series de pasaportes más antiguas.
Si renuevas tu pasaporte, la autorización no se transfiere. Tendrás que volver a solicitarla —20 €, 10 minutos— utilizando el número del nuevo pasaporte. No viajes dando por sentado que «seguirá siendo válida», ya que el control de la compañía aérea es estricto.
Norma de responsabilidad de las compañías de transporte. Las aerolíneas y los operadores de transbordadores verifican el estado del ETIAS antes del embarque mediante las bases de datos facilitadas por la UE. Si te presentas sin él —o con un ETIAS vinculado a tu antiguo pasaporte—, te denegarán el embarque. No llegarás a la frontera para discutir el asunto.
04Menoresy personas mayores: quién paga y quién no
La tasa de solicitud de 20 € no se aplica a los viajeros menores de 18 años y a los mayores de 70. Todos los miembros de estos grupos siguen necesitando un ETIAS; la exención se refiere únicamente a la tasa.
En la práctica, esto significa que una familia de cuatro miembros —dos adultos y dos niños— paga un total de 40 €. Un abuelo que los acompañe no paga nada. Cada viajero presenta su propia solicitud: el ETIAS está vinculado a un pasaporte, y los pasaportes de los niños cumplen los mismos requisitos que los de los adultos.
Solicitar una especialidad secundaria
Un padre, madre o tutor legal debe rellenar la solicitud en nombre del menor, utilizando el pasaporte y los datos personales de este. La autorización del padre, madre o tutor legal se presenta por separado. Los bebés que dispongan de su propio pasaporte también necesitan el ETIAS.
05. Personas con doble nacionalidad
Regla general: entra en el espacio Schengen con el pasaporte que más te convenga. Si tienes tanto un pasaporte de la UE como uno de fuera de la UE, utiliza el de la UE. Se te considerará ciudadano de la UE, el ETIAS no te afectará y te ahorrarás el pago de la tasa.
Si tienes dos pasaportes de países no pertenecientes a la UE, elige el que tenga mayor validez en este momento, y recuerda que el ETIAS que solicites debe coincidir con el pasaporte con el que vayas a viajar. Si realizas la solicitud con el pasaporte A y embarcas con el pasaporte B, la verificación dará error.
06Residentesde los Estados miembros de la UE
Si dispones de un permiso de residencia válido o de un visado de larga duración expedido por cualquier país de la UE o del espacio Schengen, no necesitas el ETIAS para volver a entrar en el espacio Schengen. Tu tarjeta es tu documento de entrada. Esto incluye a los ciudadanos del Reino Unido y de EE. UU. que posean, por ejemplo, un visado D7 portugués o un «titre de séjour» francés.
Lo importante es tener un documento de residencia vigente, no una solicitud en trámite. Si estás en proceso de renovar tu permiso y has salido del espacio Schengen, lleva contigo el recibo de la solicitud de renovación y consulta con el consulado del Estado miembro antes de viajar.
07Casos extremos
Pasajeros de cruceros
Si tu crucero hace escala en cualquier puerto del espacio Schengen y desembarcas, técnicamente estás entrando en el espacio Schengen, por lo que se aplica el ETIAS. Si el crucero parte de un puerto del espacio Schengen (por ejemplo, Barcelona), necesitas el ETIAS para poder embarcar. Los traslados dentro de la zona de embarque de los aeropuertos del espacio Schengen sin control de pasaportes son la única excepción real.
Pasajeros en tránsito
El tránsito en la zona de operaciones (sin pasar el control de pasaportes) no requiere el ETIAS. El tránsito por fronteras terrestres, así como cualquier tránsito que implique salir de la zona de seguridad —por ejemplo, para pasar la noche— sí lo requiere.
Viajeros en ferry y tren
La misma norma que para los vuelos: el ETIAS se comprueba en el momento del embarque en el caso de los buques y trenes con rutas directas hacia las fronteras exteriores del espacio Schengen.
Periodistas, estudiantes, trabajadores
Para estancias laborales de corta duración (menos de 90 días y dentro de la normativa de tu país de origen), el ETIAS te cubre. Para estancias laborales o de estudios de larga duración, necesitas un visado nacional Schengen (tipo D) o un permiso de residencia del país de destino. El ETIAS no puede sustituirlos.
Preguntas frecuentes sobre los requisitos del ETIAS
¿Necesito el ETIAS si ya tengo un visado Schengen?
No. Un visado Schengen de corta duración válido tiene prioridad. Si tu visado caduca durante el viaje, no necesitarás el ETIAS para ese viaje, pero sí lo necesitarías para viajes posteriores sin visado.
Mi país está exento de visado, pero no pertenece a la UE. ¿Necesito el ETIAS?
Sí. El ETIAS está diseñado específicamente para los ciudadanos de países no pertenecientes a la UE que están exentos de visado. Si tu pasaporte te permite actualmente entrar en el espacio Schengen sin visado, necesitarás el ETIAS desde su puesta en marcha.
¿Y qué pasa con mi pasaporte irlandés?
Los ciudadanos irlandeses son ciudadanos de la UE. No se les aplica el ETIAS. Ten en cuenta que Irlanda no forma parte del espacio Schengen, pero eso no afecta a tu situación.
¿Abarca el ETIAS los territorios de ultramar?
No. La Guayana Francesa, Reunión, las Islas Canarias y otros territorios de ultramar tienen sus propias normas. Infórmate sobre cada territorio antes de viajar.
Si me deniegan la solicitud, ¿puedo presentar un recurso?
Sí. La notificación de denegación indica el Estado miembro responsable de su caso y explica el procedimiento de recurso, que varía según el Estado. La mayoría de las decisiones se emiten en cuestión de minutos; las denegaciones son poco frecuentes (se prevé que sean menos del 3 %) y suelen deberse a incoherencias en los datos.
¿Con cuánta antelación debo presentar la solicitud?
Al menos 96 horas antes del viaje. La mayoría de las autorizaciones se conceden en cuestión de minutos, pero las revisiones manuales pueden tardar hasta 30 días en casos excepcionales. No presentes la solicitud mientras vas en taxi al aeropuerto.
Última revisión: 20 de abril de 2026 · Fuentes: Documentación sobre el ETIAS de la Comisión Europea; Reglamento (UE) 2018/1240