- El ETIAS entrará en vigor en el cuarto trimestre de 2026. La Comisión Europea ha indicado que la fecha concreta se anunciará con varios meses de antelación. A fecha de abril de 2026, aún no se ha confirmado ninguna fecha exacta.
- Se prevé que el portal para solicitantes se abra en el tercer trimestre de 2026, aproximadamente un trimestre antes de que entre en vigor la normativa.
- Tras el lanzamiento, habrá un periodo de transición de seis meses (deberías solicitarlo, pero no se te denegará el embarque por ese motivo).
- A continuación, habrá un nuevo periodo de gracia de seis meses (los viajeros que visiten la UE por primera vez seguirán pudiendo entrar sin ETIAS).
- La aplicación estricta de la normativa comenzará aproximadamente en octubre de 2027, momento a partir del cual las compañías aéreas denegarán el embarque a quienes no dispongan de un ETIAS aprobado.
- El ETIAS se ha pospuesto en cinco ocasiones. El calendario actual es el más fiable hasta la fecha, ya que su principal requisito previo, el EES, se completó el 10 de abril de 2026.
01Situación actual(abril de 2026)
El Consejo Europeo aprobó el 5 de marzo de 2025 un calendario de puesta en marcha revisado que situaba el inicio del ETIAS en el último trimestre de 2026. Ese plazo se ha mantenido desde entonces. A día de hoy, la página web oficial del ETIAS de la UE sigue indicando, sin cambios, que «el ETIAS entrará en funcionamiento en el último trimestre de 2026» y que «por el momento, los viajeros no tienen que hacer nada».
Dos consecuencias prácticas del «cuarto trimestre de 2026»:
- El portal aún no está abierto. Todavía no se puede presentar ninguna solicitud, ni a través del sitio web de la UE ni a través de terceros. Cualquier persona que le cobre hoy está cometiendo un fraude.
- La fecha exacta no se ha revelado deliberadamente. La Comisión se ha comprometido a anunciar la fecha de puesta en marcha «varios meses antes» para que las compañías aéreas, los viajeros y las autoridades fronterizas nacionales dispongan de tiempo para prepararse.
Lo que ha cambiado recientemente es el principal obstáculo: el Sistema de Entrada y Salida (EES), del que depende el ETIAS para su componente biométrico fronterizo, completó su despliegue total el 10 de abril de 2026. Tres pasos fronterizos aún se encuentran en fase de puesta en marcha (Kapitan Andreevo, Luxemburgo-Findel, Igoumenitsa), pero 26 de los 29 Estados Schengen ya están plenamente operativos, lo cual es suficiente a efectos del calendario del ETIAS.
02: Elcalendario completo, fase por fase
Esta es la secuencia a partir de hoy, tras la aplicación estricta de la normativa, con la situación a fecha de abril de 2026:
| Fecha / trimestre | Hito | Estado |
|---|---|---|
| 12 de octubre de 2025 | Se ha iniciado la implantación gradual del EES | Completo |
| 10 de abril de 2026 | Objetivo de implantación total de la EES | Cumplido en gran medida (26/29) |
| Q2 2026 | Pequeñas reparaciones del sistema EES, puesta en marcha definitiva | En curso |
| Tercer trimestre de 2026 (previsto) | Se abre el portal para solicitantes del ETIAS | Previsto · sin cambios |
| Cuarto trimestre de 2026 (previsto) | Entra en vigor el ETIAS: comienza el período de transición | Previsto · sin cambios |
| ~Segundo trimestre de 2027 | Finaliza el período de transición y comienza el período de gracia | Previsto |
| ~Octubre de 2027 | Finaliza el periodo de gracia y comienza la aplicación estricta de la normativa | Previsto |
03 ¿Por quése ha retrasado tantas veces el ETIAS?
El ETIAS no es un caso de un objetivo ambicioso que se haya incumplido una sola vez: se ha pospuesto cinco veces. La secuencia es la siguiente:
- 2018: Se adopta el Reglamento (UE) 2018/1240, por el que se establece el ETIAS, con el objetivo de que entre en funcionamiento en 2021.
- 2021: Aplazado a 2022. Interrupciones relacionadas con la COVID-19 y dificultades técnicas iniciales.
- 2022: Aplazado a 2023. La versión de EES ha tenido problemas de integración con la base de datos.
- 2023: Aplazado hasta 2024. El EES aún no está listo para su puesta en marcha.
- 2024: Aplazado hasta 2025. El EES entra en una fase de implantación gradual, pero no se alcanza el despliegue completo.
- 2025: Aplazado al cuarto trimestre de 2026. Calendario confirmado por los ministros de Interior de la UE en marzo.
La causa principal de casi todos los retrasos era la misma: el ETIAS no puede ponerse en marcha hasta que el EES esté prácticamente terminado. El ETIAS es el sistema de control previo al viaje; el EES es el registro biométrico que recoge quiénes han entrado y salido realmente. El ETIAS consulta los registros del EES como parte de su evaluación de riesgos, por lo que, hasta que el EES esté operativo en todas partes, el ETIAS no tiene nada a lo que recurrir.
Entre las causas secundarias se encuentran el aumento de la tasa de los 7 a los 20 euros previstos inicialmente en la legislación (lo que requirió una modificación normativa), la coordinación entre 30 autoridades fronterizas nacionales, la dotación de personal y el equipamiento de la Unidad Central del ETIAS en Varsovia, y la necesidad de que las compañías aéreas actualicen sus sistemas de facturación para consultar el estado del ETIAS.
¿Es posible que se produzca otro retraso? En principio, sí: la «finalización sustancial» del EES no equivale a su finalización total, y la UE ha indicado que los Estados miembros pueden «suspender parcialmente» las operaciones del EES durante las temporadas altas de viajes hasta finales de 2026. Sin embargo, el cuarto trimestre de 2026 es el primer plazo fijado para el ETIAS que viene tras la resolución del EES, por lo que es mucho menos probable que se produzca un nuevo retraso que en cualquiera de los cinco anteriores.
04Elperíodo de transición, explicado
Cuando el ETIAS entre en vigor en el cuarto trimestre de 2026, no se pasará de la situación de «nadie lo necesita» a la de «todo el mundo lo necesita» de la noche a la mañana. El reglamento establece un período transitorio, que se prevé que sea de seis meses, durante el cual:
- El sistema está operativo: se están aceptando y tramitando las solicitudes con normalidad.
- Se espera que los viajeros dispongan de un ETIAS antes de viajar.
- No obstante, a los viajeros que lleguen a una frontera del espacio Schengen sin un ETIAS no se les denegará la entrada únicamente por ese motivo, siempre que cumplan todos los demás requisitos de entrada (pasaporte válido, prueba de medios económicos, etc.).
El objetivo es sencillo: un sistema que impidiera el embarque a millones de viajeros desprevenidos desde el primer día sería un desastre tanto político como operativo. El período de transición da tiempo a las compañías aéreas para poner a punto sus sistemas de facturación, a los medios de comunicación del sector turístico para informar al público y a la Unidad Central del ETIAS para ampliar sus operaciones antes de que se aplique la normativa de forma estricta.
05. Elperiodo de gracia, explicado
Tras el periodo de transición de seis meses, habrá un periodo de gracia adicional de seis meses con una norma más estricta: quienes viajen a Europa por primera vez podrán seguir entrando sin ETIAS, pero quienes ya hayan viajado anteriormente deberán disponer de él.
La lógica es la siguiente: el período de transición sirve para informar a los viajeros habituales que estaban a punto de realizar un viaje de ida y vuelta; el período de gracia permite cubrir a los viajeros ocasionales (invitados a una boda, asistentes a un funeral o beneficiarios de una beca recién concedida) que no habrían tenido conocimiento del ETIAS a través de los canales del sector.
En la práctica, durante el período de gracia:
- Si has estado en algún país del espacio Schengen desde la puesta en marcha del ETIAS, necesitarás el ETIAS para tu próximo viaje.
- Si se trata de tu primera visita al espacio Schengen tras la entrada en vigor del sistema, podrás entrar sin ETIAS, siempre y cuando se cumplan todos los demás requisitos.
- Las aerolíneas siguen realizando controles al embarcar; la decisión final recae en los servicios de control fronterizo a la llegada, no en la compañía aérea. Es probable que te animen a solicitarlo de todos modos.
06Aplicación estricta: qué cambia
Cuando comience la aplicación estricta de la normativa, prevista para octubre de 2027 aproximadamente, las normas se simplificarán:
- Las compañías aéreas denegarán el embarque a quienes no dispongan de un ETIAS validado, independientemente de su nacionalidad. Este es el gran cambio en los procedimientos: el control pasa de la frontera al mostrador de facturación.
- No hay excepciones generales al período de gracia. En la normativa se contemplan excepciones específicas (por ejemplo, para los titulares de determinados visados de larga duración o permisos de residencia), pero ya no se acepta la excusa de «no lo sabía».
- La aplicación de la normativa EES sigue siendo totalmente automática. La regla de los 90/180 días se controla con precisión; el cálculo manual de los sellos en el pasaporte en el que solían confiar muchos viajeros ha quedado definitivamente obsoleto.
Desde el punto de vista del viajero, la aplicación estricta es la situación «normal» para la que se ha diseñado el ETIAS. La puesta en marcha gradual en dos fases (transición + período de gracia) solo tiene por objeto amortiguar el impacto de la transición.
Preguntas frecuentes sobre el calendario del ETIAS
¿Cuándo se pondrá en marcha exactamente el ETIAS?
Cuarto trimestre de 2026 — entre octubre y diciembre de 2026. La UE ha indicado que anunciará la fecha concreta con varios meses de antelación. A fecha de abril de 2026, aún no se ha fijado una fecha exacta.
¿Se ha vuelto a retrasar el ETIAS?
No desde marzo de 2025, cuando los ministros del Interior aprobaron el plazo del cuarto trimestre de 2026. Los retrasos anteriores (en 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025) se debieron principalmente a que el Sistema de Entrada y Salida aún no estaba listo. Ahora que el EES se ha implantado en gran medida, el principal obstáculo se ha resuelto.
¿Podría ponerse en marcha el ETIAS antes del cuarto trimestre de 2026?
Es muy poco probable. La UE nunca ha adelantado el lanzamiento de una normativa compleja con respecto a la fecha anunciada, y el calendario actual depende de que se complete el EES, más seis meses de rodaje operativo. Hay que preverlo para el cuarto trimestre de 2026.
¿Cuándo debo solicitar el ETIAS?
En cuanto se abra el portal en el tercer trimestre de 2026, si tu viaje está previsto para cualquier momento del año siguiente. El ETIAS tiene una validez de tres años, por lo que no hay ningún inconveniente en solicitarlo con antelación y así evitarás cualquier posible problema de plazos. Consulta nuestra guía de solicitud.
¿Qué ocurre si viajo a Europa durante el período de transición?
Debes disponer de un ETIAS. Si no lo tienes, es probable que no se te deniegue la entrada durante los seis meses de transición —siempre que cumplas todos los demás requisitos de entrada—, pero sí se te denegará cuando se aplique la normativa de forma estricta. Solicítalo incluso si vas a viajar durante el periodo de transición.
¿Es obligatorio el ETIAS en este momento?
No. A fecha de abril de 2026, el ETIAS aún no ha entrado en vigor. No es necesario disponer de él para visitar Europa en la actualidad. Lo que sí está en funcionamiento es el Sistema de Entrada y Salida (EES), que registra tus datos biométricos y la hora de paso en la frontera. Se trata de un sistema independiente.
¿Cómo sabré cuándo se abre el portal?
La UE publicará la fecha de lanzamiento en travel-europe.europa.eu con varios meses de antelación. Los principales medios de comunicación del sector turístico (las propias aerolíneas, TPG, AFAR, la BBC, etc.) se harán eco de la noticia. Consultamos a diario la página web de la UE y publicamos todas las novedades en nuestra página de noticias.
¿Afecta la puesta en marcha del EES al calendario del ETIAS?
Sí, el EES es un requisito técnico previo para el ETIAS. El EES se completó en su mayor parte el 10 de abril de 2026, lo que hace que el plazo del ETIAS para el cuarto trimestre de 2026 resulte creíble por primera vez en cinco intentos.
Fuentes
Conclusiones del Consejo Europeo, 5 de marzo de 2025 (calendario revisado del ETIAS) · Página de la Comisión Europea sobre el ETIAS en travel-europe.europa.eu (situación actual) · Panel de control de la implantación del EES de eu-LISA, abril de 2026 · Reglamento (UE) 2018/1240 por el que se establece el ETIAS · Reglamento (UE) 2017/2226 por el que se establece el EES · Alertas de Fragomen sobre inmigración en la UE, 2025-2026.
Última actualización: 21 de abril de 2026 · Revisión editorial: Redacción de ETIAS Guide · Correcciones: corrections@etiasapply.eu.com